Futuros Jubilados / Jubilación por edad avanzada por invalidez

Requisitos que debe reunir

  • Haber cumplido sesenta y cinco (65) años de edad cualquiera fuera el sexo.
  • Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más.
  • El goce de esta prestación es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión, retiro civil o militar nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre y cuando renuncie a las otras prestaciones.
  • Cumplir con la condición de aportante regular o irregular, de conformidad con las disposiciones de los Decretos 1120/94, 136/97 y 460/99.
APORTANTE REGULAR Puede acreditar la regularidad a través de las siguientes opciones:
  • Haber aportado como mínimo treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación (desde 23/02/97).
  • Acreditar el mínimo de años de servicio exigidos en el régimen común o diferencial en el que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP.
APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO Puede creditar la irregularidad con derecho a través de las siguientes opciones:
  • Haber aportado como mínimo dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación (desde 23/02/97)

Decreto 460/99

  • El afiliado en relación de dependencia o autónomo, que reúna el cincuenta por ciento (50%) del mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común, o diferencial en que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP, siempre que se acredite el efectivo ingreso de los aportes y dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos doce (12) meses de retenciones previsionales.

Aclaraciones

  • En este supuesto el peticionante puede alcanzar el cincuenta por ciento (50%) de los servicios con aportes, computando servicios por Declaración Jurada
A los fines de acreditar la condición de aportante regular o irregular con derecho, deberán tenerse como servicios con aportes para el trabajador autónomo, el ingreso de las cotizaciones pertinentes durante el mes de la fecha de vencimiento, en tiempo y forma y para los trabajadores dependientes la retención efectuada por los empleadores.

•Si el afiliado inició su actividad como trabajador autónomo con posterioridad al 15/07/94 debió haber cumplido con el examen médico para trabajadores autónomos y haber resultado "apto" en el mismo.

ANSES Responde

“La Asignación Universal por Hijo permite que los chicos en estado de vulnerabilidad puedan acceder a la salud y la educación”.

Diego Bossio

Director Ejecutivo

Administración Nacional de la Seguridad Social

Presidencia de la Nación

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