El Decreto N° 1.316/11 establece que los Organismos del Sector Público Nacional comprendidos en el art. 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, deberán informar mensualmente, dentro de los 10 días siguientes al mes de devengo, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) los datos referidos al pago de las Asignaciones Familiares que cada uno realiza a sus trabajadores.
A fin de llevar a cabo el ejercicio de las acciones definidas en el párrafo anterior, los organismos deben remitir la misma a ANSES en un Archivo de Texto Plano, según el diseño definido en el Anexo I del citado Decreto y a través del Sistema Integrado de Transferencia, Almacenamiento y Control de Información (SITACI).
Para acceder a SITACI se debe obtener la Clave de Seguridad Social Corporativa (CVSS SITACI1).