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La Superintendencia de AFJP ha adoptado un modelo de supervisión que enfatiza los aspectos preventivos, y fundamenta su estrategia de control en la evaluación de riesgos asociados a los procesos que se definen como críticos en la actividad sujeta a su regulación. Se ha denominado a este sistema "Sistema Integrado de Supervisión" (SIS).

Este sistema se apoya fuertemente en la explicitación de los sistemas de control interno de las AFJP, los que forman parte del Plan Anual de Control Interno de las entidades y son presentados a esta Superintendencia. De esta manera se instrumenta un proceso de control interactivo que incluye tres modalidades de control: a) control directo de la Superintendencia de AFJP en relación a procesos de alto riesgo; b) autorregulación de las AFJP en procesos de bajo riesgo y/o en aquellos cuyos controles internos sean del máximo nivel de confiabilidad; c) controles de segundo nivel en relación a procesos de riesgo medio o moderado.

El concepto de riesgo asociado a procesos aparece, pues, en forma explícita en la planificación de la tarea de control. Los procesos críticos a los cuales se asocia un indicador de riesgo para cada AFJP son: a) afiliaciones y traspasos, b) control de Cuentas de Capitalización Individual, c) Inversiones, d) Beneficios,  e) Información al Público f) Reclamos. Estos procesos se desdoblan, a su vez, en subprocesos.

La utilización de indicadores de riesgo por procesos y por AFJP permite definir el alcance y la frecuencia de los controles estadísticos, y constituye de esta manera una herramienta eficaz para la asignación de recursos en el área de control de la Superintendencia.

La valoración de los incumplimientos también se basa en el concepto de riesgo. Las áreas técnicas producen informes que son evaluados por órganos colegiados (Subcomité de Procesos Correctivos, Tribunal de Disciplina) integrados por gerentes de las áreas técnicas y jurídicas, los que aconsejan al Superintendente o a la autoridad que corresponda los cursos de acción a seguir frente a los incumplimientos detectados.

En el marco del modelo de supervisión, están previstas tres alternativas que pueden aplicarse ante incumplimientos, en forma individual o de manera conjunta, a instancias del Subcomité de Procesos Correctivos de la Superintendencia. Estos procesos son: proceso correctivo, órden de cesar y desistir, y proceso sancionador.

La aplicación de sanciones monetarias o de procesos correctivos se basa en la evaluación conjunta de la gravedad/levedad y la sistematicidad/asistematicidad del incumplimiento o la falta. En todos los casos, la aplicación de sanciones se refleja en la posterior evaluación de riesgo de la AFJP en relación al proceso crítico en cuestión.